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Según la experta, con la reforma procesal penal, la cosa
se pone más difícil para los protectores de la propiedad
intelectual.
"Los fiscales podrán no iniciar la persecución
penal o abandonar la ya iniciada cuando se tratare de un hecho
que no comprometiere gravemente el interés público,
a menos que la pena mínima asignada al delito excediere
la de presidio o reclusión menores en su grado mínimo
o se tratare de un delito cometido por un funcionario público
en el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, y atendido el
nivel de sanción establecido para estas infracciones (fluctúan
entre los 61 y 540 días), la mayoría de ellas -incluso
en casos de reincidencia- no podrían ser objeto de persecución
penal bajo el nuevo sistema procesal penal, por no tener asignada
la pena mínima", dice Rossi.
Es cosa de comparar: en Francia, la condena por piratería
es de prisión por dos años y una multa de 150.000
euros... y el doble de tiempo y dinero en caso de reincidencia.
Habrá que ver qué deciden los legisladores sobre
el tema. El debate está servido. |